Ahi va Flaco !!
5.31.2007
5.30.2007
Joyita del cine Frances animado
mira este ,segunda parte en el video siguiente ,realmente muy bueno!!
La Vieille Dame Et Les Pigeons
Sylvain Chomet es un director de animacion frances de los que mas me gusta aqui comparto con vos esta joyita,para cortar la semana. que la disfrutes.
5.29.2007
Una que sepamos ...Serú Girán - Seminare
Busca un encendedor, levantalo con la derecha encendelo y canta esta cancion a mitad de semana ,te acordas!!!
HASTA LA VICTORIA ...SECRET!!! xDafran
Proyecto de ley ultimo momento!!!
Ante los rumores del estado del proyecto de ley me dispuse a llamar a la camara de diputados , pedi hablar con la diputada Olmos ,(una de las autoras del proyecto) y muy amablemente me atendio su asesor el Sr Varela, que me dio informacion exclusiva de primera mano.
El proyecto de ley estuvo un año parado en la comision de prevision, casi un año. debe pasar todavia por la comision de Defensa y por la comision de Presupuesto, lo cual va a llevar tiempo y de ahi en mas si todo va bien a seciones en diputados y eventualmente a senadores.
Para resumir el proyecto de ley existe, hay que hacerle modificaciones, esta instalado politicamente, no aconsejan hacer ningun tramite todovia, y menos pagarle a un gestor para que lo realize , ya que algunos cobran $50 por conseguirte un certificado de situacion ante el ejercito Argentino, si queres hacer este tramite es gratuito, pero por ahora no sirve para nada, habra que esperar. Te tengo al tanto sobre el tema.
Pasen y Vean!! x Dafran

Mi idea que a Laferrere hay que cercarla y cobrar entrada no es nueva, pero esto es inimaginable, un nuevo boliche bailable en la ruta 21 se llama
KULONA , y se llena todos los fines de semana , una paqueteria no?
Etiquetas:
boliche bailable,
kulona,
laferrere
5.28.2007
David Lebon un buen momento!
me encanto encontrarlo, lo vi cuando lo emitieron y me emocionó, lo comparto con vos.
Avisen a los colimbas de esta época
Amigo aqui te adjunto el proyecto de ley para conscriptos desde la clase 1954 a la 1959 . o sea para los chicos de mi edad.
PROYECTO DE LEY
Iniciado: Diputados Expediente: 3410-D-2006Publicado en: Trámite Parlamentario nº 75 Fecha: 21/06/2006
OTORGAMIENTO DE UNA PENSION DE GUERRA A LOS SOLDADOS CONSCRIPTOS PERTENECIENTES A LAS CLASES 1953, 1954, 1955, 1958 Y 1959 AFECTADOS A LAS FILAS DEL EJERCITO ARGENTINO DURANTE LOS AÑOS 1974 A 1978.
PROYECTO DE LEY
Texto facilitado por los firmantes del proyecto. Debe tenerse en cuenta que solamente podrá ser tenido por auténtico el texto publicado en el respectivo Trámite Parlamentario, editado por la Imprenta del Congreso de la Nación.
Nº de Expediente
3410-D-2006
Trámite Parlamentario
75
Sumario
OTORGAMIENTO DE UNA PENSION DE GUERRA A LOS SOLDADOS CONSCRIPTOS PERTENECIENTES A LAS CLASES 1953, 1954, 1955, 1958 Y 1959 AFECTADOS A LAS FILAS DEL EJERCITO ARGENTINO DURANTE LOS AÑOS 1974 A 1978.
Firmantes
DIAZ, SUSANA ELADIA - OLMOS, GRACIELA HORTENCIA - SALIM, JUAN ARTURO.
Giro a Comisiones
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL; DEFENSA NACIONAL; PRESUPUESTO Y HACIENDA.
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1º: Los ciudadanos argentinos que hubieren sido incorporados al Servicio Militar Obligatorio, a la luz de la ley de Servicio Militar nº 17.531 y sus modificatorias y que hubieren revestido la calidad de soldados conscriptos, pertenecientes a las clases 1953/1954/1955/1958 y 1959, afectados a las filas del Ejército Argentino durante los años 1.974 a 1.978, destinados a la provincia de Tucumán y otros destinos del país que fuera conceptuados como de "lucha contra la subversión", serán asimilados a los soldados que bajo idéntico régimen, prestaron servicio en la guerra del Atlántico Sur, por la recuperación de las Islas Malvinas. Para ello, deberán acreditar con todos los trámites de rigor, la condición de soldados, el lugar de destino y la afectación al Ejército, quedando las instituciones que debieran expedir los respectivos informes obligadas a remitirlos a pedido de estos, en un plazo no mayor de quince (15) de formalizada la solicitud.
Artículo 2º: Los ex soldados conscriptos descriptos en el artículo anterior, serán beneficiados con una pensión de guerra que deberá ser fijada por el organismo competente y que en ningún caso, será inferior al ciento por ciento (100%), de la remuneración mensual, integradas por los rubros "sueldos y regas" que recibe el grado de cabo del Ejército Argentino. Dicha pensión será pasible de las variaciones que resulten como consecuencia de los aumentos que soporte la remuneración fijada a un cabo del ejército.
Artículo 3º: Otórgase a los ex soldados conscriptos, clase 1953/1954/1955/1958 y 1959, que hubieren dado cumplimiento con las acreditaciones exigidas, los beneficios de la Obra Social para el Personal Civil de la Nación o una de similares características, con el alcance dispuesto en el artículo 4º. En caso de tratarse de persona fallecida, se comprenderá la misma extensión que prevé el artículo 4º de la presente ley.
Artículo 4º: Los beneficios acordados en los artículos 2º y 3º, se extenderá a los derechohabientes, entendiéndose por tales a los enumerados en el art. 53 de la ley 24.241 y sus modificatorias. Podrán ser beneficiarios los padres incapacitados para el trabajo, a cargo del causante a la fecha de su deceso, debiendo acreditar fehacientemente y a través de los organismos de contralor pertinente, no contara con otra pensión, jubilación, retiro o prestación no contributiva. En caso de contar con alguna de estas prestaciones, deberán renunciar a las mismas y acogerse a los beneficios otorgados por la presente.
Artículo 5º: Será autoridad de aplicación de ésta ley, el Ministerio del Interior encontrándose a su cargo el pago del beneficio que ella establece y la prestación de la Obra Social, en las condiciones fijadas en el artículo 3º.
Artículo 6º: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley se atenderán con cargo a "Rentas Generales.
Artículo 7º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
Texto facilitado por los firmantes del proyecto. Debe tenerse en cuenta que solamente podrá ser tenido por auténtico el texto publicado en el respectivo Trámite Parlamentario, editado por la Imprenta del Congreso de la Nación.
Nº de Expediente
3410-D-2006
Trámite Parlamentario
75
Sumario
OTORGAMIENTO DE UNA PENSION DE GUERRA A LOS SOLDADOS CONSCRIPTOS PERTENECIENTES A LAS CLASES 1953, 1954, 1955, 1958 Y 1959 AFECTADOS A LAS FILAS DEL EJERCITO ARGENTINO DURANTE LOS AÑOS 1974 A 1978.
Firmantes
DIAZ, SUSANA ELADIA - OLMOS, GRACIELA HORTENCIA - SALIM, JUAN ARTURO.
Giro a Comisiones
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL; DEFENSA NACIONAL; PRESUPUESTO Y HACIENDA.
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1º: Los ciudadanos argentinos que hubieren sido incorporados al Servicio Militar Obligatorio, a la luz de la ley de Servicio Militar nº 17.531 y sus modificatorias y que hubieren revestido la calidad de soldados conscriptos, pertenecientes a las clases 1953/1954/1955/1958 y 1959, afectados a las filas del Ejército Argentino durante los años 1.974 a 1.978, destinados a la provincia de Tucumán y otros destinos del país que fuera conceptuados como de "lucha contra la subversión", serán asimilados a los soldados que bajo idéntico régimen, prestaron servicio en la guerra del Atlántico Sur, por la recuperación de las Islas Malvinas. Para ello, deberán acreditar con todos los trámites de rigor, la condición de soldados, el lugar de destino y la afectación al Ejército, quedando las instituciones que debieran expedir los respectivos informes obligadas a remitirlos a pedido de estos, en un plazo no mayor de quince (15) de formalizada la solicitud.
Artículo 2º: Los ex soldados conscriptos descriptos en el artículo anterior, serán beneficiados con una pensión de guerra que deberá ser fijada por el organismo competente y que en ningún caso, será inferior al ciento por ciento (100%), de la remuneración mensual, integradas por los rubros "sueldos y regas" que recibe el grado de cabo del Ejército Argentino. Dicha pensión será pasible de las variaciones que resulten como consecuencia de los aumentos que soporte la remuneración fijada a un cabo del ejército.
Artículo 3º: Otórgase a los ex soldados conscriptos, clase 1953/1954/1955/1958 y 1959, que hubieren dado cumplimiento con las acreditaciones exigidas, los beneficios de la Obra Social para el Personal Civil de la Nación o una de similares características, con el alcance dispuesto en el artículo 4º. En caso de tratarse de persona fallecida, se comprenderá la misma extensión que prevé el artículo 4º de la presente ley.
Artículo 4º: Los beneficios acordados en los artículos 2º y 3º, se extenderá a los derechohabientes, entendiéndose por tales a los enumerados en el art. 53 de la ley 24.241 y sus modificatorias. Podrán ser beneficiarios los padres incapacitados para el trabajo, a cargo del causante a la fecha de su deceso, debiendo acreditar fehacientemente y a través de los organismos de contralor pertinente, no contara con otra pensión, jubilación, retiro o prestación no contributiva. En caso de contar con alguna de estas prestaciones, deberán renunciar a las mismas y acogerse a los beneficios otorgados por la presente.
Artículo 5º: Será autoridad de aplicación de ésta ley, el Ministerio del Interior encontrándose a su cargo el pago del beneficio que ella establece y la prestación de la Obra Social, en las condiciones fijadas en el artículo 3º.
Artículo 6º: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley se atenderán con cargo a "Rentas Generales.
Artículo 7º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
5.26.2007
5.13.2007
La Noticia Insolita
5.10.2007
Cumpleaños de LA REVISTECA

Gracias a todos nuestros clientes y las editoriales, que creyeron en nuestro emprendimiento, hoy LA REVISTECA cumple 3 años, un exitazo, hoy tenemos clientes en lista de espera, y como digo siempre una idea , sirve de poco si no se la implementa correctamente, y de eso los aplausos se los lleva Silvia. Gracias!!!
Etiquetas:
CUMPELAÑOS,
LA REVISTECA
5.09.2007
5.08.2007
Ultimo Momento !!! x Dafran
5.06.2007
Domingasooo ! ! x Dafran
5.04.2007
De otros blogs hoy Reyson´s Blog
Este comentario me parece super interesante, seguramente porque estoy vinculado con el tema , espero te interese. Dafran
Hace un tiempo en una etapa de mi vida tuve un conflicto existencial y de fé -si así puede llamarse-, comencé a cuestionar muchas cosas y creencias de las que siempre nos inculcan desde pequeños, cosas de las cuales no les encontraba sentido o simplemente ideas que yo no compartía.
La existencia de un Dios al cual debes de rendirle adoración de lo contrario tendrás como premio “el infierno”, regirse al pie de la letra en lo que está escrito en un libro, que por cierto tiene muchas cosas rescatables pero otras que son tiradas de los pelos, pienso que dentro de lo rescatable podría ser catalogado como un libro de enseñanza y no como un libro sagrado necesariamente. Definitivamente esto no era para mí. Particularmente creo en la evolución de los seres vivos, consciente y física; el respeto y admiración a la naturaleza y sus leyes: “causa y efecto”, “acción y reacción” -todo lo malo que te pueda ocurrir es consecuencia de tus actos- , la complejidad del universo y de lo poco que aún conozco, básicamente en eso.
El hombre desde tiempos inmemoriables ha tenido la necesidad de creer en un Dios, siempre ha sido así y podemos decir que Dios es una creación del hombre y no lo contrario, según mi opinión. Vivimos en un mundo tan complejo y variopinto de infinidad de creencias y colores que pienso, cada individuo es libre de elegir su opción, su estilo de vida.
- Linaje Karma Kagyu -
Personalmente encuentro al Budismo como la opción indicada, debo hacer incapié que el Budismo no es una religión!, el Buddha no es un Dios! como muchos lo afirman. El Budismo es una opción, un estilo de vida y el Buddha fue un maestro que alncanzó la iluminación, que quizo enseñar a los demás como llegar a ella para encontrar la verdadera felicidad. Muchas de las enseñanzas que he podido leer sobre el Budismo son ideas y pensamientos con las que estoy completamente de acuerdo. El Budismo abarca muchos campos de la vida del hombre, una de ellas es la meditación -pieza fundamental-; una correcta relación entre los hombres; salud física, mental, incluso nos enseña que el sexo es de lo más natural y hermoso sin llegar a su distorsión, no como lo pintan muchas religiones como un tabú o cosas por el estilo; la alimentación promocionando el vegetarianismo, el deporte -caray!! esto si es para mi!!!-; en general el Budismo abarca todo lo concerniente a la estabilidad física y mental, cuerpo sano en mente sana, todo lo que lleva a la verdadera felicidad. Quizás muchos pensarán que esto es muy soñador o ridículo, vivimos en un mundo tan contaminado, en todos sus aspectos lamentablemente, regido por el poder y el dinero -muchos piensan que eso es el éxito y la felicidad, pobres infelices, es una lástima-. No me considero un budista nato o un erudito en la materia, creo que me falta mucho, pero mucho por aprender de este estilo de vida
- Buddha de la Salud -
Recalco la idea anterior, cada quien es libre de elegir su opción de vida o si quieren llamarle religión, si se es felíz con ella y no se afecte nuestra integridad ni de los demás pues, me parece perfecto. Debemos respetar la libertad de elección y no tratar de imponer la nuestra o manifestar a “garganta suelta” que nuestra creencia es la verdad absoluta -joder! es algo que me irrita mucho-, personalmente respeto las demás pero hay muchas que no las comparto -no las mencionaré para no herir suceptibilidades-.
Sólo queria plantear mis puntos de vista, espero que nadie se sienta ofendido con esto y así mismo espero que respeten mi opinión. Más adelante estaré publicando algo de material sobre el Budismo para los que estén intersados y también sería genial que algunos lectores que lo practican me envíen algo de información adicional.
Un saludo a todos y gracias por su atención! http://reyson.uni.cc/
La existencia de un Dios al cual debes de rendirle adoración de lo contrario tendrás como premio “el infierno”, regirse al pie de la letra en lo que está escrito en un libro, que por cierto tiene muchas cosas rescatables pero otras que son tiradas de los pelos, pienso que dentro de lo rescatable podría ser catalogado como un libro de enseñanza y no como un libro sagrado necesariamente. Definitivamente esto no era para mí. Particularmente creo en la evolución de los seres vivos, consciente y física; el respeto y admiración a la naturaleza y sus leyes: “causa y efecto”, “acción y reacción” -todo lo malo que te pueda ocurrir es consecuencia de tus actos- , la complejidad del universo y de lo poco que aún conozco, básicamente en eso.
El hombre desde tiempos inmemoriables ha tenido la necesidad de creer en un Dios, siempre ha sido así y podemos decir que Dios es una creación del hombre y no lo contrario, según mi opinión. Vivimos en un mundo tan complejo y variopinto de infinidad de creencias y colores que pienso, cada individuo es libre de elegir su opción, su estilo de vida.
- Linaje Karma Kagyu -
Personalmente encuentro al Budismo como la opción indicada, debo hacer incapié que el Budismo no es una religión!, el Buddha no es un Dios! como muchos lo afirman. El Budismo es una opción, un estilo de vida y el Buddha fue un maestro que alncanzó la iluminación, que quizo enseñar a los demás como llegar a ella para encontrar la verdadera felicidad. Muchas de las enseñanzas que he podido leer sobre el Budismo son ideas y pensamientos con las que estoy completamente de acuerdo. El Budismo abarca muchos campos de la vida del hombre, una de ellas es la meditación -pieza fundamental-; una correcta relación entre los hombres; salud física, mental, incluso nos enseña que el sexo es de lo más natural y hermoso sin llegar a su distorsión, no como lo pintan muchas religiones como un tabú o cosas por el estilo; la alimentación promocionando el vegetarianismo, el deporte -caray!! esto si es para mi!!!-; en general el Budismo abarca todo lo concerniente a la estabilidad física y mental, cuerpo sano en mente sana, todo lo que lleva a la verdadera felicidad. Quizás muchos pensarán que esto es muy soñador o ridículo, vivimos en un mundo tan contaminado, en todos sus aspectos lamentablemente, regido por el poder y el dinero -muchos piensan que eso es el éxito y la felicidad, pobres infelices, es una lástima-. No me considero un budista nato o un erudito en la materia, creo que me falta mucho, pero mucho por aprender de este estilo de vida
- Buddha de la Salud -
Recalco la idea anterior, cada quien es libre de elegir su opción de vida o si quieren llamarle religión, si se es felíz con ella y no se afecte nuestra integridad ni de los demás pues, me parece perfecto. Debemos respetar la libertad de elección y no tratar de imponer la nuestra o manifestar a “garganta suelta” que nuestra creencia es la verdad absoluta -joder! es algo que me irrita mucho-, personalmente respeto las demás pero hay muchas que no las comparto -no las mencionaré para no herir suceptibilidades-.
Sólo queria plantear mis puntos de vista, espero que nadie se sienta ofendido con esto y así mismo espero que respeten mi opinión. Más adelante estaré publicando algo de material sobre el Budismo para los que estén intersados y también sería genial que algunos lectores que lo practican me envíen algo de información adicional.
Un saludo a todos y gracias por su atención! http://reyson.uni.cc/
5.03.2007
James Brown hoy cumpliria 74 años
Aqui el inventor del soul cantando con Pavaroti , simplemente i m p r e s i o n a n t e !!!
5.01.2007
Martin Karadajian
Hoy cumpliria años ,historia de un emprendedor. idolo de mi infancia, con la idea de la lucha entre el bien y el mal, creo Titanes en el Ring. mi homenaje.
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